jueves, 17 de noviembre de 2016

Educación para los niños de las poblaciones callejeras

Helohim Jair Abraham Valdés Sánchez
           
                   “Me parezco al que llevaba el ladrillo consigo para mostrar al mundo cómo era su casa”                   Bertolt Bretch.

Breve Introducción
A propósito de la conmemoración del vigésimo séptimo aniversario de la Convención sobre los derechos del niño, considero importante recordar a los niños en situación de calle que forman parte ya de una población callejera cuyos derechos de acceso al agua potable, alimento, hogar, educación y un medio ambiente sano no son garantizados por el Estado, sin olvidar también que los niños que trabajan en la calle tampoco tienen garantizado su derecho a estudiar y recrearse. Con la esperanza de lograr que cada día mejoren las condiciones para los niños en general y para las poblaciones callejeras en particular, hagamos nuestro trabajo con esfuerzo, sabiduría y paciencia. 

Con el propósito de dejar claro algunos conceptos que se leerán en este ensayo es necesario mencionar que la Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) identifica como “niño en la calle” a quienes trabajan y tienen familia: y como “niño de la calle” a los que duermen en la vía pública y carecen de contacto con sus familiares naturales. El término "niño de la calle" es problemático, ya que puede utilizarse como una etiqueta para estigmatizar, debido a que uno de los mayores problemas que confrontan estos niños es que la sociedad en general les considera un peligro y una fuente de conducta criminal  Unicef (2016).  

El fenómeno social callejero ha evolucionado en las últimas décadas y ahora coexisten en el mismo espacio: niños, niñas, jóvenes, mujeres, familias, personas adultas y mayores. Todas y todos ellos conforman las -Poblaciones Callejeras- (Pérez, 2009).

En este sentido cada día se menosprecia a quienes juzgamos por su apariencia como criminales y mugrosos (Valdés, 2014, pág. 29):

Todos los días nos dirigimos a nuestras actividades caminando, en automóvil, o en bicicleta y somos testigos del trabajo o actividades de personas que sobreviven en la calle, miramos como se asean, como intentan vender algún producto, como reciclan cartón, como se alimentan o se drogan, miramos sus actos de malabarismo y como si fuera un acto de circo como esquivan, juegan y corren muchas veces con la suerte de vivir, rodeados de múltiples peligros. Sin embargo muchas veces decidimos voltear o elevar la mirada para ignorarlos, como sociedad pocas veces actuamos para enfrentar este problema de todos, como gobierno nuestras autoridades poco hacen para solucionar o prevenir esta situación.

Desafortunadamente no existen datos precisos acerca de un número de niños, jóvenes o adultos de la calle. El INEGI ha realizado algunos censos, sin embargo las cifras se mueven constantemente debido a la movilidad, mortalidad y privación de la libertad. [1] En 1995 el Departamento del Distrito Federal y la UNICEF realizaron un conteo en las 16 delegaciones políticas del D.F. y en 1,214 puntos donde se encuentran personas de la calle este registro señala un total de 13,373 niños y niñas de los cuales 31.5% eran niñas y 68.5% niños, del total 14.8% eran indígenas, el 77% del total tenían menos de 16 años (Pérez, 2009).

En entrevista la Diputada La diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD), presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez, señaló que se estima que 95 mil niños y niñas viven en situación de calle, por lo que es prioritario crear una ley que aminore la vulnerabilidad de este sector (La Prensa, 2016).
Las principales actividades económicas de las personas menores de edad en la calle son el comercio (53%), mendicidad (10%) y limpia parabrisas (10%). En otro ámbito se encontró que el 27% de la población entrevistada manifestó tener vida sexual activa (Pérez, 2009).

Frente a estas cifras se debe considerar que si para la población en general es difícil  acceder a los servicios que por derecho tenemos acceso, es decir, no hay garantía para el acceso universal a los servicios de salud o de vivienda,  pongámonos a pensar que los servicios de salud, de educación y de vivienda de los niños de la calle se ven vulnerados por cuestiones que pocas veces pensamos, como el hecho de que se les  niegan los servicios por que no cuentan con acta de nacimiento, cartilla de vacunación o identificación oficial. [2]
Algunos ciudadanos interpretan que la gente que habita en las calles no merece ser atendida por el Estado, que no merecen acceso a la educación, la salud, piensan que son indignos de servicios sociales, asumen su situación como una elección o desgracia sin solución, olvidando que las deficiencias del Estado y sus gobiernos han provocado e incrementado la pobreza, el desempleo, la drogadicción, etc. 
Algunas autoridades se valen de un mal uso de las leyes contra los ciudadanos y las personas que viven y trabajan en la calle, al revisar el reglamento de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal[3] las personas en situación de calle incumplen algunas leyes. Por ejemplo:
El Articulo 24 de la Ley de Cultura Cívica del D.F. dice: Son infracciones contra la tranquilidad de las personas.

I.                   Prestar algún servicio sin que le sea solicitado y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba para obtener un pago por el mismo. La presentación del infractor sólo procederá por queja previa: (Se refiere a petición ciudadana)

Artículo 25 de la Ley de Cultura Cívica del D.F.

III.             Usar las áreas y vías públicas sin contar con la autorización que se requiera para ello.

La Ciudad de México utiliza el recurso turístico (City Marketing) como fuente de ingresos económicos, como señaló el Licenciado Luis Enrique Hernández de El Caracol A.C. en un Foro Internacional de Derechos Humanos de las Poblaciones Callejeras:

Este recurso demanda la -limpieza de la ciudad- por lo tanto se valen de las leyes para sacar de las calles a las personas y llevarlas a centros donde literalmente los guardan, encarcelan o alejan de zonas turísticas para que no ensucien la vista de lugares turísticos de la Ciudad de México.

Para muestra la recomendación 23/2009 ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal:
Caso 9 El 23 de enero de 2009, se inició la queja CDHDF/IV/122/CUAUH/09/D0500 formulada mediante comparecencia directa de la persona agraviada 20, en la que manifestó sustancialmente, que ella como la persona agraviada 21, vivían en las calles  de Humboldt  y Artículo 123, en el Centro Histórico de la Ciudad de México. 
Ese mismo día , 23 de enero de 2009, alrededor de las 12:!5 horas, sin motivo llegaron al lugar dos elementos de la SSPDF, a bordo de la patrulla 52064, quienes se bajaron de la misma y con agresiones y empujones los “corrieron” del lugar. Sin darles la oportunidad de retirarse, los comenzaron a golpear.
A la persona agraviada 21 le luxaron la muñeca izquierda y al peticionario le dieron toletazos y puñetazos en diversas partes del cuerpo.
Asimismo, no conforme con ello, los amenazaron con regresar al lugar y en caso de encontrarlos los llevarían a otro lugar.

Conclusiones

La educación es el proceso por el cual se perfecciona el ser humano. La idea de modificación, transformación y desarrollo que conlleva el concepto resulta claro para todos nosotros      (Hernández, 2009). Contribuye a mejorar la vida y a erradicar el círculo vicioso de la pobreza y la enfermedad, allanando el terreno para un desarrollo sostenible (UNICEF, 2015).

Hoy en día es muy común ignorar al otro, no miramos más allá de un círculo muy cerrado de gente o de nuestro objeto más próximo: un aparato de comunicación. Debemos volver a mirarnos a nosotros mismos y al otro.

Educar a los niños de las poblaciones callejeras desde la trinchera de la educación no formal es un ejercicio que los pedagogos y otros profesionistas deben impulsar tanto en el trabajo voluntario como remunerado.

Se debe trabajar y pensar también en como sensibilizar y educar a la población en general para que deje de mirar a los niños de la calles como simples destinatarios de caridad o sujetos de etiquetas sociales. 

No basta con mirar a los niños de la calle y educarlos, también se debe evitar consumir productos elaborados con base en la explotación laboral de estas poblaciones, o acceder a los servicios sexuales que son obligados a ejercer por el crimen organizado. 

Educar a los niños de la calle, a las poblaciones callejeras, así como a la ciudadanía en general para que hagan valer sus derechos humanos y el acceso a servicios fundamentales como son la alimentación, el agua, el hogar, la salud, la vida, la libertad y la educación.

Referencias

Hernández, P. (2009). Psicología de la educación. México: Trillas.
La Prensa. (29 de Octubre de 2016). Obtenido de La Prensa: http://www.oem.com.mx/laprensa/notas/n2867912.htm
Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal. (29 de Octubre de 2016). Centro Paot. Obtenido de http://centro.paot.org.mx/centro/leyes/df/pdf/LEYES_AMBIENTALES_DF_PDF/LEY_CULTURA_CIVICA_31_05_2012.pdf
Pérez, G. J. (2009). Derechos de las poblaciones callejeras. México: Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
UNICEF. (03 de 07 de 2015). http://www.unicef.org. Obtenido de http://www.unicef.org: http://www.unicef.org/spanish/education/
Unicef. (29 de Octubre de 2016). Unicef. Obtenido de http://www.unicef.org/spanish/sowc06/profiles/street.php
Valdés, S. H. (2014). Educación y las poblaciones callejeras. Educación democracia y justicia, 29.





[1] Los niños en situación de calle pueden moverse de una colonia a otra o de un municipio a otro. La muerte por accidente, suicidio u homicidio de este sector poblacional no está registrado. Estos niños y jóvenes son víctimas también del crimen organizado, para el comercio sexual o el tráfico de drogas. También son víctimas del Estado cuando son privados de su libertad sin justificación alguna.
[2] Los niños de la calle o las personas en situación de calle no cuentan con sus documentos porque los perdieron, se los robaron, salieron de sus hogares sin ellos, o han nacido literalmente en la calle sin prestación de servicios de salud.
[3]  (Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, 2016).

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